A través de la reforma fiscal para 2021, dentro del artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación se establecen los requisitos de los Comprobantes Fiscales Digitales, específicamente en la fracción V, se menciona que deberán contener la cantidad, unidad de medida y clase de los bienes o mercancías o descripción del servicio o del uso o goce que amparen, estos datos se asentarán en los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet usando los catálogos incluidos en las especificaciones tecnologías a que se refiere la fracción VI del articulo 29 de este Código.