Se modifican las reglas para la gestión de trámites por medios de comunicación electrónica ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras

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Se modifican las reglas para la gestión de trámites por medios de comunicación electrónica ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras

El pasado 6 de Julio, la Secretaria de Gobernación publicó en el DOF (Diario Oficial de la Federación) el “Acuerdo por el que se modifican las Reglas para la gestión de trámites por medios de comunicación electrónica ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras”.

A través de dicho acuerdo, se reforman las normas 1ra. y 10ma quinta, estableciéndose las disposiciones por las cuales se realizarán los trámites ya sean presenciales o por medios de comunicación electrónica ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras.

Formas de presentación de los trámites.

  • Si por causas de fuerza mayor el sistema no está disponible o no se hayan obtenido las claves de acceso respectivas, los trámites podrán ser presentados conforme a lo siguiente:
    • En cualquier formato electrónico, en las oficinas del Registro Nacional de Inversiones extranjeras de la Secretaría de economía, en días hábiles de 9:00 a 14:00 horas, o
    • En cualquier formato electrónico por medio de los correos electrónicos (mencionados más delante) las 24 horas del día.

Requisitos para la realización del trámite vía correo electrónico.

  1. Indicar en el asunto del correo electrónico, que tipo de trámite se esta realizando y el nombre del sujeto obligado.
  2. Adjuntar el formato que corresponde a dicho trámite, con la firma del representante legal, apoderado o autorizado de las sociedades.
  3. De igual forma, incluir los anexos correspondientes al trámite debidamente firmados.

Como me cercioro de que el trámite fue aceptado.

Es importante verificar, que la autoridad nos envíe por correo electrónico el acuse de recibo con su debido folio de ingreso, fecha y nombre del funcionario que recibió la documentación del trámite presentado.

En caso de que la autoridad no acepte la información por errores u omisiones, el contribuyente deberá ser notificado vía correo electrónico y deberá cumplir los requerimientos dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación.

Es importante cumplir con dichos requerimientos en este plazo para evitar que el trámite sea desechado por la autoridad y considerado como no presentado.

Cualquier trámite realizado correctamente por correo electrónico exime al sujeto obligado a realizarlo de manera presencial.

A que correos electrónicos, deberán enviarse los trámites

Homoclave
del trámite
TrámiteCorreo Electrónico
SE-02-001Solicitud de Inscripción en el RNIEinscripciones.rnie@economia.gob.mx
SE-02-002Aviso de modificación al RNIEavisostercera.rnie@economia.gob.mx
SE-02-003Cancelación de inscripción en el RNIEcancelaciones.rnie@economia.gob.mx
SE-02-004Informe Económico Anual (Renovación de constancia de inscripción) presentado al RNIEanuales.rnie@economia.gob.mx
SE-02-005Aviso de actualización trimestral presentado al RNIEtrimestrales.rnie@economia.gob.mx
SE-02-012Aviso de Fedatarios públicos en términos del artículo 34 de la Ley de Inversión Extranjerafedatarios.rnie@economia.gob.mx
SE-02-014Solicitud para el otorgamiento de prórroga a plazos establecidos, en materia registral, en la Ley de Inversión Extranjera o en el Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del RNIE, requerimientos o cualquier otro. (Competencia del RNIE).tramites.rnie@economia.gob.mx
SE-02-016Consulta de expedientes del RNIEarchivos.rnie@economia.gob.mx
SE-02-020Consulta en materia de inversión extranjera. (Competencia del RNIE)tramites.rnie@economia.gob.mx
Copias y constancias (Competencia del RNIE)tramites.rnie@economia.gob.mx

Quedamos a sus órdenes, para cualquier duda o aclaración al respecto.