Diputados aprueban prórroga hasta el 1ero de Septiembre, para el periodo de transición que tienen las empresas para implementar las obligaciones fiscales, laborales y de seguridad social, derivadas de la reforma de subcontratación laboral

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Diputados aprueban prórroga hasta el 1ero de Septiembre, para el periodo de transición que tienen las empresas para implementar las obligaciones fiscales, laborales y de seguridad social, derivadas de la reforma de subcontratación laboral

El pasado 31 de julio de 2021, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforman los artículos transitorios Primero, Tercero, Cuarto, Quinto, Sexto y Séptimo de diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley del Seguro Social, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la vivienda para los Trabajadores, del Código Fiscal de la Federación, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley Federal de los Trabajadores entre otras, por el cuál, se aprueba prorrogar los plazos transitorios hasta el 1 de septiembre de 2021 a fin de facilitar el cumplimiento de las nuevas obligaciones en materia de subcontratación. Dichos plazos quedaron de acuerdo con la siguiente tabla:

ConceptoPlazo anterior Plazo actual
Registro de Prestadoras de Servicios u obras Especializados. (REPSE)23 de agosto del 20211ro de septiembre del 2021
Aspectos fiscales 1ro de agosto del 20211ero de septiembre del 2021
Sustitución patronal y eliminación de esquemas de subcontratación22 de julio del 20211ero de septiembre del 2021

El pasado 23 de abril de 2021, se publicó el decreto en materia de subcontratación laboral por el que se reforman la Ley Federal del Trabajo, la Ley del Seguro Social, la Ley del Infonavit, el Código Fiscal de la Federación y las leyes del ISR y del IVA.

Se incorporó la prohibición de la subcontratación de personal y se estableció que únicamente se pueden subcontratar servicios especializados o de ejecución de obras especializadas que además no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria de estos, siempre y cuando las empresas proveedoras de estos servicios cumplan ciertos requisitos como el registro al REPSE.

Inicialmente el Partido Acción Nacional (PAN) propuso una prórroga hasta enero de 2022, pero la propuesta de Morena se impuso otorgando solamente hasta el 1ero de septiembre, señalando en el dictamen que de otorgar más plazo “se prolongarían las violaciones de derechos laborales.”

Otro de los motivos para la ampliación del plazo, mencionados en el ACUERDO ACDO.AS2.HCT.230721/188.P.DIR, es que conforme al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), más de 2.3 millones de personas que trabajaban en ese esquema ya forman parte de las empresas a las cuales prestaban sus servicios, estando lejos de la cifra de 4 millones de empleados subcontratados según datos publicados por el INEGI.

En el caso del Padrón Público de Contratistas de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE), a la fecha existen 70 mil empresas que han ingresado al registro, pero solamente 25 mil 500 lo han concluido.

En el mes de julio 9,000 empresas iniciaron su registro en el REPSE, de las cuales 3,000 lo terminaron, y solo 600 han obtenido el permiso.

Algunas empresas han optado por interponer amparos para ganar tiempo, ya que a las empresas privadas se les dio hasta el 1ero de septiembre, pero las empresas públicas tienen hasta el 1ero enero de 2022.

Para que las empresas puedan registrarse exitosamente al REPSE deberán estar al corriente en sus obligaciones fiscales y de seguridad social. Adicionalmente deberán proporcionar documentos como, firma electrónica vigente, domicilio, nombre o razón social, RFC, Acta Constitutiva de la Empresa o Constancia de Situación Fiscal (para personas físicas), actividad económica y registro patronal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Para más información acerca del Registro al REPSE, los invitamos a consultar nuestro boletín anterior, con más información al respecto:

https://lrgarcia.com.mx/la-secretaria-de-trabajo-y-prevision-social-pone-a-tu-disposicion-la-plataforma-repse-para-el-registro-de-prestadoras-de-servicios-y-obras-especializadas/

De igual forma, ya puedes consultar las empresas que están registradas en el REPSE, con ello te podrás cerciorar que la empresa que te provea algún servicio u obra especializada esté debidamente registrada.

Quedamos a sus órdenes para cualquier duda o aclaración al respecto.