Nuevo tope de 3 meses para el reparto de PTU a los trabajadores.

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Nuevo tope de 3 meses para el reparto de PTU a los trabajadores.

El pasado 19 de marzo, la Secretaria de Trabajo y Previsión Social Luisa María Alcalde Luján, anunció el nuevo tope de tres meses al reparto de utilidades a los trabajadores, lo que significaría un incremento de 22 a 57 días en promedio, equivalente a un aumento del 154%.

De igual forma refirió que actualmente se pagan en promedio 22 días de utilidades, lo cual representan 7 mil 301 pesos, y con la nueva propuesta se incrementaría este beneficio a 18,557 pesos por trabajador.

Anteriormente, el costo total de PTU era de 56 mil 120 millones de pesos, con este cambio se aumentará a 157 mil millones de pesos, para los más de 6 millones de trabajadores existentes en el país

En palabras de la Licenciada Alcalde, “La propuesta facilita la aplicación de la Ley y da un trato igualitario a todos los sectores. Los sectores en donde habrá más beneficios para los trabajadores son aquellos que pagaban un PTU muy por debajo del promedio nacional (22 días)”, señalo la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS).

La secretaria Alcalde, puntualizó diversos ejemplos como el del ramo de trabajos especializados de la construcción, en el cuál se pagan en promedio 5 días, lo cual corresponde a 796 pesos, pero con esta reforma los trabajadores de este sector obtendrán 83 días, lo cual asciende a 13 mil 526 pesos.

“Con la propuesta, la proporción de las y los trabajadores que ganan un PTU por arriba del promedio nacional aumentarían en 43 por ciento”, subrayó la STPS.

La Lic. Luisa María Alcalde Luján, señaló que se requiere una reforma al artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo, el cual en su fracción VIII incluirá que “el monto de la participación de utilidades tendrá como límite máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años; se aplicará el monto que resulte favorable al trabajador”.

Es importante mencionar que actualmente el Artículo 127 de la Ley Federal Del Trabajo (LFT) en su fracción III, señala un tope, el cual deberá ser modificado o derogado para estos efectos:

III. El monto de la participación de los trabajadores al servicio de personas cuyos ingresos deriven exclusivamente de su trabajo, y el de los que se dediquen al cuidado de bienes que produzcan rentas o al cobro de créditos y sus intereses, no podrá exceder de un mes de
salario.

La STPS pone a su disposición la siguiente imagen para brindar información de cómo debe realizarse adecuadamente el pago de la PTU.

Estaremos atentos, a cualquier comunicado por parte de las autoridades labores para hacerlo de su conocimiento.

Quedamos a tus órdenes para cualquier duda o aclaración al respecto.