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Personas Físicas opción de pago  en parcialidades del Impuesto Sobre la Renta de la  Declaración Anual 2023

El Servicio de Administración Tributaria (SAT),  informó que durante el período del 1 al 30 de abril de 2024 las personas físicas que presenten  su Declaración Anual correspondiente al ejercicio fiscal 2023, podrán optar por liquidar el Impuesto Sobre la Renta a su cargo  hasta seis pagos parciales.

Es importante destacar,  que esta facilidad estará disponible siempre y cuando la declaración se realice dentro del plazo legal establecido (abril de 2024) y el primer pago parcial se efectúe dentro de dicho período.

 Aquí algunos puntos relevantes a considerar:

  • Los pagos parciales deben realizarse a más tardar el último día del mes correspondiente.
  • Se deberán emplear las líneas de captura generadas por el sistema al momento de presentar la declaración.
  • Los formatos estarán disponibles para su reimpresión en el sistema, bajo la opción “Impresión de acuse”.
  • Los pagos se efectuarán en las instituciones de crédito autorizadas.
  • Existe la posibilidad de realizar pagos anticipados.
  • En caso de incumplimiento en los pagos parciales, se aplicarán recargos por falta de pago oportuno.
  • El último pago parcial, deberá realizarse a más tardar el 30 de septiembre de 2024, incluyendo, de ser el caso los recargos mencionados anteriormente.

Es esencial recordar que la Declaración Anual 2023 de personas físicas es obligatoria para diversos contribuyentes, como:

  • Aquellos que perciben sueldos y salarios bajo distintas modalidades.
  • Profesionistas que ofrecen servicios independientes.
  • Personas físicas con  actividades empresariales, incluyendo plataformas tecnológicas y el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF).
  • Arrendadores de bienes inmuebles.
  • Individuos involucrados en la enajenación o adquisición de bienes.
  • Personas que obtienen intereses o dividendos, entre otros.

Para mayor información, se puede acceder al minisitio en la página del SAT de la  Declaración  anual del Impuesto Sobre la Renta  2023 en el siguiente enlace

http://omawww.sat.gob.mx/DeclaracionAnual2023/Paginas/index.html

Quedamos a sus órdenes para cualquier  duda al respecto.