A través de la publicación en la página del SAT, el pasado 29 de mayo del 2020, del 1er anteproyecto de la 2nda Resolución Miscelánea Fiscal aplicable para 2020, se establece un cambio muy importante a la regla 2.2.1 relativa a la contraseña.
Recordemos que la contraseña, sustituye a la firma autógrafa y produce los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes, teniendo igual valor probatorio.
A través de este anteproyecto, se establece que la contraseña tendrá una vigencia de 4 años, contados a partir de la generación o de la ultima actualización que se realice, y esta deberá renovarse por cualquiera de los medios que el SAT ponga a su disposición.
Creemos que la autoridad, quiere homologar los plazos establecidos tanto para la firma electrónica como para la contraseña a una vigencia de 4 años.
Sin embargo, en dicha regla no se establece a partir de qué momento deberán empezar a computarse los 4 años, toda vez que la contraseña nunca ha contado con una fecha de vencimiento. ¿Qué pasará con las contraseñas que tienen más de 4 años? ¿Sera necesario renovarlas para iniciar a computar el nuevo plazo?
Esta propuesta de reforma a la vigencia de la contraseña afectaría tanto a personas morales como personas físicas, por lo que estaremos atentos a informarlos en caso de que sea publicada en el diario oficial de la federación, para realizar las acciones respectivas y evitar problemas de presentación de declaraciones, y tramites en general.
Quedamos a sus ordenes para cualquier duda o aclaración al respecto.