Las empresas que obtengan la Inscripción al Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, de conformidad con el artículo 40, primer párrafo, inciso m), segundo y tercer párrafos, de la Ley Federal de Derechos (LFD), deberán realizar el pago de derechos conforme a la cuota vigente en el año en que se autorice su inscripción o su renovación, así como cada año en que la misma tenga vigencia.
El Esquema Certificación de Empresas, consta de cuatro modalidades en materia de comercio exterior:
A través del siguiente link http://omawww.sat.gob.mx/pdec/Paginas/index.html dentro de la página del SAT, se podrá realizar el pago de derechos de estas certificaciones.
El SAT, pone a disposición de los contribuyentes una hoja de cálculo de Excel con la que se podrá simular los pagos de derechos de certificación incluyendo los recargos y actualizaciones.
A continuación, un ejemplo de este.
Forma de realizar el pago
El pago de los derechos se realizará de cualquiera de las siguientes formas:
Es importante considerar que, para realizar el pago de los derechos, se deberá identificar plenamente el concepto específico a pagar a través de las claves de Dependencia, Clave de Referencia y la Cadena de Dependencias conforme a lo siguiente;
Clave Dependencia: 28
Clave de Referencia: 4000255
Cadena de la Dependencia: 0111514ECXXXXX
También se deberá identificar la clave que corresponde al trámite y concepto de pago que se va a realizar conforme a la tabla que se presenta a continuación:
Envío de pago a través de Ventanilla Digital
Al presentarse la solicitud de inscripción o renovación, deberá adjuntarse el comprobante de pago.
Para los otros casos y/o pagos extemporáneos, los comprobantes podrán remitirse vía electrónica mencionando la denominación, el Registro federal de contribuyentes de la empresa y el Registro en el Esquema de Certificación, especificando rubro y modalidad, el cual deberá enviarse a los siguientes correos electrónicos:
Certificaciones IVA e IEPS: certificacion.iva.ieps@sat.gob.mx
Comercializadora/Exportadora, Operador Económico Autorizado, Socio Comercial Certificado: oeamexico@sat.gob.mx.
Debido a que se trata de una nueva obligación retroactiva para las empresas que cuentan con certificación en materia de IVA e IEPS, se recomienda verificar con sus abogados el camino a seguir para cumplir con esta disposición.
Quedamos a sus órdenes para cualquier duda o aclaración al respecto.