Si emitiste un CFDI de nómina en 2020 y encontraste errores o datos omitidos en su llenado, aún puedes corregirlos. La RMF 2021 publicada el 29 de diciembre de 2021 en el Diario Oficial de la Federación, contempla esta situación en la regla 2.7.5.7. Dicha regla establece que los contribuyentes que durante el ejercicio fiscal 2020 hayan emitido uno o varios CFDI de nómina que contengan errores u omisiones en su llenado o en su versión podrán, por única ocasión, corregir estos, siempre y cuando el nuevo comprobante que se elabore se emita a más tardar el 28 de febrero de 2021 y se cancelen los comprobantes que sustituyen.
Dicho comprobante se considerará como emitido en 2020 siempre y cuando refleje como “fecha de pago” el día correspondiente a 2020 en que se realizó dicho pago asociado al comprobante.
Es importante recalcar que dicho beneficio contenido en la regla 2.7.5.7 no libera al contribuyente de su obligación de realizar el pago de la diferencia que no fue cubierta en su momento, considerando la actualización y los recargos, en el caso de que apliquen.
Para detectar errores u omisiones lo más pronto posible, el SAT pone a disposición de los patrones el “visor de nómina para el patrón”. A través de este link https://www.sat.gob.mx/declaracion/90887/visor-de-comprobantes-de-nomina-para-los-patrones, los patrones podrán consultar los pagos realizados a sus trabajadores de forma acumulada o de forma individual de cada uno de los empleados a los que les haya emitido un comprobante de nómina, con esto los patrones podrán conciliar las nóminas contra lo timbrado y sobre todo podrán consultar si existiera alguna diferencia entre el impuesto retenido a los empleados contra el enterado al SAT.
Los documentos que puedes obtener en este visor son:
1. Pantalla con el resultado de la consulta.
2. Archivos PDF de las diferentes modalidades de información.
Quedamos a sus órdenes para cualquier duda o aclaración al respecto.